EL DISENSO DE WASHINGTON (II)
06/julio/2009
Las diez reformas que componen el Consenso de Washington nunca fueron, en la práctica, aplicadas totalmente en ningún país latinoamericano, y Guatemala no fue la excepción. En la primera de ellas, la disciplina fiscal, nuestro país siempre ha mostrado (excepto en los años de Lucas) un aceptable récord de déficits moderados, aunque con un pobre desempeño en materia de recaudación y de capacidad de pago, lo que denota una debilidad estructural que sigue sin solucionarse, lo que implica que el Consenso de Washington solo se aplicó parcialmente en este campo.
La segunda reforma del Consenso se refiere a la focalización del gasto público en salud, educación e infraestructura; al respecto, el fisco sigue mostrando una alta concentración en gasto corriente, con tremendas limitaciones legales que rigidizan el manejo de los gastos y muy modestos avances en gasto social, lo que implica que el Consenso en este campo nunca se aplicó verdaderamente. La tercera reforma, la tributaria, tampoco sugiere que haya habido gran entusiasmo por aplicar el Consenso de Washington en nuestro país, pues luego de muchas reformas, se ven aún pocos resultados con una base tributaria muy restringida y un sistema de tasas complejo. La cuarta reforma, relativa a tasas de interés libres, fue de las pocas que se adoptó totalmente en la década de los noventas, si bien la reforma prudencial se pospuso algunos años y otras reformas (como la de microfinanzas) están aún pendientes.
Las reformas propuestas fueron adoptadas parcialmente, con avances desiguales en política fiscal, comercio exterior y derechos de propiedad, lo que resultó en una aplicación incompleta y deficiente
Respecto a la quinta reforma sugerida por el Consenso de Washington, lograr un tipo de cambio competitivo, si bien en Guatemala se liberalizó el mercado cambiario, nunca se impulsó explícitamente una política de tipo de cambio competitivo. En cuanto a la liberalización del comercio exterior, la sexta reforma, en nuestro país se redujeron los aranceles prontamente, aunque con lentos avances en materia de tratados de libre comercio en los años noventa, por lo que podría afirmarse que sí se cumplió por el lado de las importaciones, aunque no tan claramente del lado de las exportaciones y del acceso a mercados. La séptima reforma del Consenso promulgaba la apertura a la inversión extranjera directa; en Guatemala se fue más allá al abrir temerariamente la cuenta de capital (antes de aprobar la reforma financiera prudencial) sin que, a fin de cuentas, aumentara la inversión extranjera directa porque hicieron falta incentivos en materia de trámites y de clima de negocios en general.
La privatización de empresas estatales, la octava reforma del decálogo, se aplicó plenamente, aunque nuestro estado enano nunca tuvo realmente gran cosa que vender excepto la telefónica y la distribución eléctrica. En cuanto a la desregulación de mercados, la novena reforma, salvo en el sector financiero, no se distendieron las barreras al ingreso a los mercados ni se relajaron las barreras a la salida de los mercados. Finalmente, la reforma que urgía a fortalecer los derechos de propiedad tuvo algunos avances en materia de registro de la propiedad, pero persistió la informalidad y la ausencia de normas y procedimientos para hacer cumplir los derechos de los propietarios y de los acreedores. Pareciera que más que un exceso de Consenso de Washington, hubo en Guatemala (y en la mayor parte de Latinoamérica) una falsa aplicación del mismo.